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LA ASOCIACIÓN |
Los objetivos generales de PRODER , son impulsar el desarrollo de la Comarca, a través de la diversificación de la Economía , persiguiendo el mantenimiento de la población y elevando las rentas de sus habitantes.
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Los objetivos específicos son:
| ¿QUE MEDIDAS APOYARÁ EL PRODER? |
Para el logro de los objetivos, el PRODER cuenta con ocho medidas o acciones, como son:
Inversiones tendentes a la reducción de los costes de producción, promoción de la calidad, conservación y mejora del entorno natural, de las condiciones de higiene o del bienestar animal y diversificación de las actividades agrarias.
Mejora, modernización o creación de empresas que transformen y comercialicen los productos agrarios.
Creación y modernización de empresas que
valoricen la artesanía local.
Recuperación de oficios, actividades o productos tradicionales.
Se otorgan ayudas para la creación y puesta en marcha de empresas, así como para la realización de diversas inversiones como son la compra de maquinaria, construcción y acondicionamiento de naves, gastos e investigación.
Protección de los recursos naturales y la eliminación o reciclaje de residuos. Utilización de energías alternativas. Estudios técnicos para la recuperación de recursos naturales.
| BENEFICIARIOS Y REQUISITOS |
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Si la actividad es productiva podrán ser beneficiarios:
Los empresarios individuales, las Sociedades Mercantiles, S.A.T.,
Cooperativas, S.A.L., y cualquier otra forma jurídica recogida en la legislación
vigente, así como los Entes públicos de carácter local.
Debiendo tener una plantilla inferior a cincuenta trabajadores, un volumen
de negocio anual no superior a 7 millones
de euros y un balance general anual
que no exceda de 5 millones de euros,
cumplir
el criterio de independencia, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamente (CE)
70/2001, así como
realizar la inversión dentro de la comarca y no haberla iniciado antes de solicitar la
ayuda. De igual forma deberá mantener el destino de la inversión un mínimo de cinco
años. Si la actividad no es productiva, podrán beneficiarse los Ayuntamientos, las
Instituciones públicas de carácter local, así como toda clase de Instituciones
privadas.
Cuando se trate de
Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación, Sociedades Laborales o
cualesquiera otra entidad jurídica de trabajo asociado que se dediquen a la
producción, comercialización, y/o transformación de productos agrarios, los
límites de plantilla, el volumen de negocios anual y balance general serán de
250 trabajadores, 20 millones de euros y 10 millones de euros, respectivamente.
| CUANTIA DE LAS AYUDAS |
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Las ayudas se otorgarán en la modalidad de subvención a fondo perdido.
La ayuda pública total que podrá recibir un titular por proyecto de carácter productivo no podrá ser superior a 250.000 euros.